Municipales

El método de postulación varía según la forma de financiamiento de las obras respectivas:

  1. Si el proyecto ya fue postulado a Ministerio de Desarrollo Social “MIDESO” en el marco de la reconstrucción con fuente de financiamiento FNDR, y cuenta con recomendación favorable de ese Ministerio a través de la Ficha IDI, ésta deberá ser presentada al Ministerio de Hacienda junto con la Ficha presentación de proyecto de reconstrucción, para los fines de que dicha Secretaría de Estado pueda incluir la obra en el portafolio de proyectos.
  2. Si el proyecto no cuenta con Ficha IDI hay que distinguir:
    1. Si será financiado de manera conjunta con fuente FNDR además de recursos donados al amparo de la Ley N° 20.444.
    2. Si será financiado exclusivamente con recursos donados al amparo de la Ley N° 20.444.
En el caso a.

Los antecedentes deben ser presentados directamente a MIDEPLAN, como si se tratase de cualquier proyecto de reconstrucción, en conformidad a lo señalado en los Oficios Ord. N° 051/710 del 09.04.10 y Ord. N° 051/047 del 11.05.10, ambos de MIDEPLAN. En consecuencia, el proponente deberá generar en el Banco Integrado de Proyectos (BIP), la Ficha IDI correspondiente señalando en el punto 14 “Calendario de Financiamiento de la Inversión” sólo los aportes FNDR, y en punto 21 “Calendario de Financiamiento”, específicamente en “Otros Aportes” el aporte al cual estaría postulando al amparo de la Ley N° 20.444, como aporte indirecto.

Al Ministerio de Hacienda deberá enviarse la Ficha IDI que resulte del proceso de postulación en MIDEPLAN, junto con la Ficha presentación de proyecto de reconstrucción

En el caso b.

El proponente deberá generar la Ficha presentación de proyecto de reconstrucción, completar además la Ficha técnica de daños y oferta de servicios y presentar al Ministerio de Hacienda los mismos antecedentes que corresponde acompañar en los casos de obras específicas privadas.

MIDEPLAN remitirá al Ministerio de Hacienda los resultados de su evaluación

  1. En todos los casos anteriores, sobre la base de la información entregada al Ministerio de Hacienda, el Comité Asesor presentará las obras con informe favorable de MIDEPLAN al Ministro de Hacienda, el que en conjunto con el Ministro del Interior, determinará qué obras incorporar definitivamente en el catálogo de proyectos a ser financiados con recursos de la Ley N° 20.444.